Con la denominación de ASOCIACIÓN DE MADRES DE JAVALÍ
NUEVO, se constituye esta Asociación de ámbito regional, de interés general y
sin ánimo de lucro, dotada de personalidad jurídica propia y plena capacidad de
obrar de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo,
Reguladora del Derecho de Asociación y demás disposiciones vigentes que regulen
la materia.
Los fines de la asociación tenderán a promover el
interés general y, en concreto, serán los siguientes:
1º Promover el ocio de nuestros hijos/as.
2º Llevar a cabo actividades lúdicas.
3º Realización de actividades extraescolares.
4º Prestar servicios a la juventud, especialmente los
relacionados con el desarrollo de los fines detallados arriba en sus diversas
expresiones.
5º Cualesquiera
otros fines que redunden en beneficio de la ciudadanía del municipio en
general.
Para el cumplimiento de los fines del artículo anterior,
la Asociación podrá promover y organizar las siguientes actividades y/o
actuaciones:
1º Talleres.
2º Excursiones.
3º Escuelas de verano, semana santa y navidad.
4º Y, en definitiva, todas aquellas que favorezcan el
desarrollo y la participación de aquellos que quieran fomentar la cultura en la
vida comunitaria.
Al pretender los fines de la asociación promover
objetivos de interés general, las actividades que se realicen así como los
beneficios que conlleven no afectarán solamente a los/las asociados/as sino que
estarán abiertas a cualquier otro/a beneficiario/a que reúna las condiciones y
caracteres exigidos en función de los fines de la asociación.
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